Resumen | |
[J] | Tutela de derechos fundamentales: garantía de indemnidad (art. 24 CE). Incumplimiento por parte de la empresa de lo decidido en sentencia firme sobre condición más beneficiosa. Cambio de Convenio colectivo con posterioridad a la sentencia. Cuestión de legalidad ordinaria.(publicado en Actualidad Diaria 4376 el 8 de marzo de 2021) |
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Recurre la empresa demandada la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que -excepto en la cuantía de la indemnización- confirma la declaración de vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva efectuada por la sentencia del Juzgado de instancia. Tanto el Juzgado como la Sala de suplicación afirman que la empresa vulneró el citado derecho fundamental al dejar de abonar a la actora el plus de disponibilidad a partir de septiembre de 2014. La vulneración del derecho se atribuye a dicha conducta al considerar la sentencia recurrida que la misma se lleva a cabo después de que la actora hubiera obtenido sentencia firme -de 15 de noviembre de 2012 (hecho probado quinto)- en que se declaraba su derecho al mismo, durante el tiempo en que tuviera reducida la jornada por guarda de un hijo, como condición más beneficiosa. El Supremo estima el recurso de la empresa. | |
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